29 may 2013

SENIAT prohíbe emisión de documentos previos a la factura para indicar montos totales o parciales


El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, SENIAT, prohíbe emisión de documentos previos a la factura para indicar montos totales o parciales.
La información fue suministrada por José David Cabello, director del SENIAT a través de su cuenta en la red social Twitter @jdavidcabello.
Cabello manifiesta que restaurantes, panaderías, cafés y similares, están obligados a emitir facturas a través de máquinas fiscales.
“Amigo no olvides exigir tu factura en lugar de pedir la cuenta”, reitera a todos los venezolanos el director de la institución.
Según las normativas del SENIAT está prohibido emitir electrónicamente estados de cuenta, reportes gerenciales, notas de consumo, estados demostrativos y sus similares, que indiquen montos totales o parciales del servicio prestado, por medio de dispositivos electrónicos o magnéticos, tales como: tabletas, monitores, teléfonos inteligentes, entre otros.
No se debe obligar a los comensales a levantarse de la mesa para que observen el monto de los consumos en pantallas, monitores o medios similares, ya que la Providencia Administrativa N° 00071 no lo establece, ni lo exige el SENIAT.
vía ccpciudadbolivar.org

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