26 may 2011

Modificada la modalidad de presentación de la declaración trimestral ante el MINPPTRASS


De acuerdo con un aviso publicado en la página web del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social (MINPPTRASS), a partir del 01/04/2011 la declaración trimestral que deben realizar todas las empresas y establecimientos sometidos a la legislación laboral y la seguridad social (posean o no trabajadores), de acuerdo a lo establecido en el Decreto con fuerza y rango de ley Nº 4.248 publicado en la Gaceta Oficial Nº 38.402 de fecha 02/02/2006, deberá realizarse a través del Formato de Declaración Trimestral, dispuesto en el portal web del MINPPTRASS: www.minpptrass.gob.ve

Para realizar la declaración se deberá:

1.   Ingresar en la página web www.minpptrass.gob.ve y seleccionar el enlace “Declaración Trimestral”.
2.   Llenar la “Planilla de Nueva Declaración”. Introducir todos los datos requeridos en las distintas secciones y adjuntar el archivo contentivo de la nómina de cada una de sus empresas (principal y sucursales), según formato dispuesto en el portal web.
3.   En caso de no poder culminar la solicitud, se tendrá la oportunidad de ingresar al sistema las veces que sean necesarias para completarla, ingresando en “Consulta de Declaración”.
4.   Una vez culminada la carga de datos en la planilla de declaración y la carga de la nómina de los trabajadores, deberá solicitar la cita en la lista de secciones y, en pantalla aparecerá la Dirección del Registro y la fecha en la cual debe acudir; ésta también será enviada a su correo electrónico.

Los recaudos necesarios para realizar la declaración son el Original de la Planilla de Declaración y de la Nómina de Trabajadores.

Es importante destacar que:

·        El máximo de empresas por personas serán tres y las mismas deberán ser consignadas por el representante legal o apoderado de la empresa.
·        Las subsanaciones se harán los días viernes de 8:00 am a 12:00 m y 1:30 pm a 4:00 pm.
·        Para poder cargar la primera declaración del año 2011, es requisito indispensable haber cargado la última del año 2010.
·        La declaración trimestral dará inicio a partir del 01/04/2011 en horario comprendido de 8:00 am a 12:00 m y de 1:30 pm a 4:00 pm.
·         No se aceptarán declaraciones extemporáneas.

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