Días Feriados en Venezuela

19 comentarios
Ley Orgánica del Trabajo, artículos 211 al 218
¿Cuáles son los feriados según la LOT?
• Los domingos
• 1° de enero
• Jueves y Viernes Santo
• 1° de mayo
• 25 de diciembre
• Los señalados en la Ley de Fiestas Nacionales
• Los que se declaren festivos por el Gobierno Nacional, por los Estados o por las Municipalidades, hasta un límite total de tres (3) por año.
(LOT, artículo 212)

¿Cuáles son los feriados señalados en la Ley de Fiestas Nacionales?
• 19 de abril, "Declaración de Independencia"
• 24 de junio, "Batalla de Carabobo"
• 5 de julio, "Firma del Acta de Independencia"
• 24 de julio, "Natalicio del Libertador"
• 12 de octubre, "Día de la Resistencia Indígena"
(Ley de Fiestas Nacionales, gaceta oficial n° 29.541 de fecha 22-Junio-1971, artículo primero)

¿Son feriados los carnavales?
El Lunes y el Martes de Carnaval se consideran días no laborables para la Administración Pública.
Para las empresas privadas es un día laborable; sin embargo, en la mayoría del país no se trabaja ya que se considera a los carnavales como días festivos.
El trabajo
en día feriado:
Pago:
Cuando un trabajador preste servicios en día feriado tendrá derecho al salario correspondiente a ese día y además al que le corresponda por razón del trabajo realizado, calculado con un recargo del cincuenta por ciento (50%) sobre el salario ordinario.
(LOT, artículo 154)
Descanso compensatorio:
Cuando un trabajador hubiere prestado servicios en día domingo o en el día que le corresponda su descanso semanal obligatorio, por cuatro (4) o más horas, tendrá derecho a un (1) día completo de salario y de descanso compensatorio; y cuando haya trabajado menos de cuatro (4) horas, tendrá derecho a medio (1/2) día de salario y de descanso compensatorio. Estos descansos compensatorios deben concederse en la semana inmediatamente siguiente al domingo o día de descanso semanal obligatorio en que hubiere trabajado.

Cuando el trabajo se efectúe en los días 1° de enero, jueves y viernes Santos, 1° de mayo y 25 de diciembre, los señalados en la Ley de Fiestas Nacionales y los declarados festivos por los Estados o Municipalidades, no habrá lugar a ese descanso compensatorio, salvo que alguno de estos días coincida con domingo o con su día de descanso semanal.

(LOT, artículo 218)
Cálculo del pago del feriado:

Ejemplo:
Un empleado con un salario mensual de Bsf. 2.000 fue llamado para laborar un día domingo, ¿cuánto se le pagará a final de mes?

Salario normal mensual = 2.000
Salario normal diario = 2.000 / 30 = 66,67
Recargo del 50% = 66,67 x 50% = 33,33
Salario por domingo trabajado = 66,67 + 33,33 = 100

Total salario a pagar a final de mes:
Salario mensual = 2.000
Domingo trabajado = 100
Total salario = 2.100
Salario base
para el cálculo:
Para el cálculo de lo que corresponda al trabajador por causa del descanso semanal y días feriados, de horas extras y del trabajo nocturno, se tomará como base el salario normal devengado por él, durante la semana respectiva.
(LOT, artículo 144)

19 Responses so far

  1. Anónimo says:

    en el dia de hoy me suspendieron por no trabajar el di domingo y lunes y martes de carnaval eso es lega

  2. Anónimo says:

    si trabaje el dia lunes y martes de carnaval deberian pagarmelo doble? y por que?

  3. joseg says:

    quisiera saber si en las fechas de carnaval se deja de trabajar ( lunes y martes ) la empresa esta en su "derecho" de descontar el dia??

    y si se trabaja se paga como dia normal, o se aplica el recargo ( el doble)pagandose como dice el art 154???

  4. Anónimo says:

    si ha sido decretado de manera nacional, estadal o municipal, y laboraste, te deben calcular y pagar el adicinal. si no fueron decretados como NO LABORALES, trabajas normalmente como cualquier dia y te pagan solo lo correspondiente. ya que estos dias de carnaval, no se establen como feriados no laborable todos los años y ya queda si cada gobernacion o alcaldia los decreta feriados no laborables. inicialmente estos dias son Feriados, pero con la condicion LABORABLE.

  5. Anónimo says:

    EL DIA JUEVES Y VIERNES SANTOS SON FERIADOS, NO LABORABLES O COMO SE TOMAN??????

  6. ANONIMO says:

    TRABAJO DE MIERCOLES A DOMINGOS DE 10:00 PM A 6:00 AM (8HORAS CORRIDAS) Y MI SUELDO QUINCENAL ES DE 976.00 BS. ESTA BIEN ASI?

  7. J.R24 says:

    los dias feriados se pierde el bono de alimentacion

  8. Anónimo says:

    y si un empleado no asite a trabajar un dia se lepuede descontar el dia???

  9. luis says:

    si trabajo mi descanso de sabodo y domingo cual sera mi remuneracion devengando 2000 Bs quincenal

  10. Anónimo says:

    QUISIERA SABER SI CUANDO UNO NO TRABAJA JUEVES Y VIERNES SANTOS LO DESCUENTAN DEL BONO ALIMENTICIO OSEA DEL CESTA TICKET

  11. Anónimo says:

    Cuando hay un feriado entre semana, Caso especifico 19 de abril del 2012 cayo Jueves, como se debe pargar la nomina de esa semana y si admas se trabaja como se pagaria la nomina!

  12. jose says:

    Le agradeceria su respuesta de antemano, soy una persona que nunca a falta a su trabajo hace un mes pedi los 4 domingos por asuntos personales (haciendole saber que libraba otro dia de la semana), la cosa es que me descontaron 2.5 dias de cada domingo (osea 10 dias mensuales de mi pago, ya que 2.5 dias por 4 domingos del mes es 10 dias menos) quisiera saber si el establecimiento hizo lo correcto, ya que no tebgo a nadie que me lo pueda aclarar, gracias

  13. @martica@ says:

    Hola tengo una duda si trabajo el domingo me deben pagar como
    DIARIO 100 X50% RECARGO = 150 PAGO DEL DOMINGO SEGUN ART 154
    sero yo trabaje el domingo la jornada completa de 8 hora como es el pago ?
    diario 100 x 50% recargo= 150 + 100dia de descanso = 250 segun ART 218 y ademas tengo derecho a descansar un dia ????? esto es asi por fa me puedes dar respuesta

  14. Anónimo says:

    UNA PREGUNTA ¿SI EN UN DIA FERIADO SE TRABAJA MEDIO DIA COMO SE DEBE PAGAR SEGUN EL ARTICULA 154 DE LA LOT?

  15. Anónimo says:

    si un dia es declarado como no laborable por la gobernacion en un estado y se trabaja solo 4 horas como sera cancelado, como dia complaeto o se prorratean las 4 horas tarbajadas

  16. Anónimo says:

    buenas tardes yo trabajo en una empresa de salud el cual le presta los servicios de salud a otra compañia privada , el presidente de la republica fallecio el dia martes 5 de marzo y no trabajo desde ese dia hasta hoy lunes 11 de marzo ello tienen el deber de pagarme mi quincena completa ? me gustaria que ayuden gracias

  17. Anónimo says:

    LAS PANADERIAS SON LADRONES NO ME PAGAN SI YO FALTO ESOS DIAS FERIADOS Y SI VOY NO ME PAGAN DOBLE....

  18. adri says:

    hola trabajo en un colegio, el dia de ayer me pagaron el cestatickets del mes de marzo y solo recibi 12 tickets,quería saber si los días de luto que dicto el gobierno como no laborables no me corresponden,de no ser así como puedo reclamar el pago del mismo.Muchas gracias

  19. Anónimo says:

    Buenas noches. Mi duda y la de mis colegas es que la empresa donde trabajamos nos otorga dias libres pero nos realiza descuetno por ejemplo: en semana santa ellos nos otorgaron la semana completa pero nos hicieron la deduccion de esos dias, nuestra duda es si esto es legal y en que articulo podemos fundamentarnos para hablar con base

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