25 feb 2012

Cooperativas están exentas del pago del ISLR

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) reitera que las cooperativas o empresas de gestión social, están exentas del pago del Impuesto Sobre la Renta (Islr), de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la ley que rige este tributo.
No obstante, el Superintendente Nacional Aduanero y Tributario, José David Cabello Rondón, aclaró que aún cuando la Ley del Impuesto Sobre la Renta le concede una dispensa del pago, estas organizaciones deben presentar una declaración de sus rentas a título informativo, señala una nota de prensa del Seniat.
“Las cooperativas están en la obligación de ofrecerle a la Administración Tributaria, datos sobre la real naturaleza de sus operaciones”, aseveró.
El Seniat especifica que, si las cooperativas se dedicaran a actividades distintas a las que le son propias, actividades éstas incluidas dentro del rango del libre comercio, lo que las alejaría de los fines originarios por los cuales fueron creadas, pudieran estar en la obligación de pagar el ISLR, por concepto de las actividades ejercidas fuera de su contexto que encuadrarían en la calificación de rentas sujetas a la cancelación de este impuesto, permaneciendo exentas sólo las relacionadas.
“Por eso las cooperativas están en la obligación de presentar la declaración, para que el Seniat pueda conocer la realidad de sus operaciones y así determinar lo que está exento y lo que podría estar sujeto a pago del Islr”, enfatizó Cabello Rondón.
En este sentido, el Superintendente Cabello Rondón agregó que estas organizaciones podrán solicitar ante la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Seniat, una calificación de contribuyente exento del Islr, para lo cual se establece como requisito indispensable estar registrado ante la Superintendencia Nacional de Cooperativas (Sunacoop).
Vía: el Mundo E&N 24/02/2012

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